Registro de patinetes eléctricos

Los desplazamientos en patinete eléctrico son una imagen ya habitual tanto en grandes como en pequeñas ciudades. Irrumpieron con fuerza como alternativa a los medios de transporte tradicionales y, con su expansión, ha llegado también la necesidad de una regulación.

Ahora, los usuarios de patinetes eléctricos en España deberán acatar la nueva normativa que regula los vehículos de movilidad personal (VMP). Con la entrada en vigor de la Ley 5/2025, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha puesto en marcha el Registro Nacional de Vehículos Personales Ligeros. Esto significa que para circular con un patinete eléctrico se deberán cumplir dos trámites fundamentales: la inscripción en la DGT del VMP y la contratación de un seguro de responsabilidad civil

¿Por qué esta normativa?

Esta nueva normativa aparece por la necesidad de mejorar la seguridad vial, proteger a los usuarios y a terceros en caso de accidente y ordenar la movilidad urbana. 

El objetivo es que estos vehículos tengan una identificación oficial y que sus usuarios cuenten con un seguro que cubra daños a terceros.

¿Qué deberá hacer un usuario de VMP?

  • Registro obligatorio en la DGT

Los propietarios de patinetes eléctricos o tutores legales, en caso de menores de edad, deben inscribir su vehículo de movilidad personal en el Registro Nacional de Vehículos de la DGT.

Este registro se puede hacer:

  • Telemáticamente, a través de la sede de la DGT o vía app.
  • Presencialmente en la DGT.
  • Próximamente, a través de ayuda telefónica. 

Para realizar esta inscripción se deben aportar los datos del patinete (número de serie y del certificado de circulación, si lo tiene), documentos adicionales como la factura de compra, datos personales y el pago de la tasa administrativa correspondiente.

Una vez finalizado el registro, el usuario recibe un certificado digital de inscripción que permitirá solicitar la etiqueta identificativa oficial para el patinete y contratar el seguro de responsabilidad civil. La tarjeta identificativa se deberá colocar en un sitio visible del patinete.

  • Contratación del seguro de responsabilidad civil obligatorio

El segundo trámite a realizar para poder circular legalmente es la contratación de un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños ocasionados a terceros, en caso de accidente.  Sin esta póliza, circular puede acarrear sanciones económicas elevadas. 

El incumplimiento de la nueva normativa conllevará multas que pueden alcanzar o superar los 800 €, en función de la gravedad de la infracción. 

¿Cuáles son los modelos afectados?

Los patinetes que se están vendiendo desde el 22 de enero de 2024 deben expedirse con un certificado de homologación técnica por parte del fabricante para poder circular con todas las garantías.

Asimismo, los modelos anteriores a esta fecha también deberán registrarse igual y cumplir con la normativa, aunque en estos casos cuentan hasta enero de 2027 para hacer la transición. Hasta entonces pueden circular como hasta ahora. 

Consejos prácticos para cumplir con la normativa

  • Asegúrate de que tu patinete está registrado en la DGT.
  • Contrata tu seguro de responsabilidad civil.
  • Coloca la etiqueta identificativa proporcionada tras el registro en un sitio visible del patinete.
  • Respeta las normas de circulación: no puedes circular por aceras o zonas peatonales y la velocidad máxima es de 25 km/h.

En caso de ser usuario o responsable legal de un usuario de patinete eléctrico en España, recuerda que es fundamental que realices estos trámites para poder circular con plena tranquilidad, cumpliendo con la normativa y evitando así sanciones.

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Redactora en RACC Blog. Periodista y comunicadora audiovisual con una década de experiencia en medios de comunicación tradicionales que ha dado el salto a la comunicación digital.
Aficionada al motorsport e interesada en la nueva movilidad, ahora indago y escribo sobre estos y otros temas en el blog.