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Preguntas frecuentes

De acuerdo con la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, es un instrumento suscrito de manera voluntaria entre el asegurado y una empresa de seguros.
Su finalidad es protegerlo, junto con las personas designadas como beneficiarios, de los efectos y las consecuencias que se derivan de los accidentes.

No. En España no es obligatorio contratar un seguro de accidentes. No obstante, más que tratarse de un gasto obligatorio, es una inversión que puede ayudar a salir de un problema, puesto que nunca se sabe la cantidad de situaciones a las que estamos expuestos a diario y que pueden terminar en un accidente.

Sí. Algunas empresas de seguros establecen edades mínimas o máximas para poder asegurar contra accidentes. Las edades más comunes son las comprendidas entre los 14 y los 64 años.

Esta suele ser una de las preguntas más frecuentes. La diferencia es que un seguro de accidentes cubre el riesgo de fallecer, pero solo como producto de un accidente (no provocado), mientras que el seguro de vida cubre el riesgo de deceso por cualquier causa.

Depende de la empresa aseguradora. Algunas compañías requieren este reconocimiento médico para poder aprobar el seguro. Otras empresas pueden reducir la evaluación médica a una llamada telefónica que, bajo la dirección médica, evaluará el estado de salud del asegurado, simplificando mucho este proceso.

Representa la parte del contrato donde se especifican las fechas de inicio y entrada en vigor de los servicios de cobertura de la póliza. Es decir, cuándo comienzan a funcionar. Si dentro de ese tiempo el asegurado o beneficiario tienen algún percance, la cobertura no se hace efectiva.