15. Retirada del carnet de conducir, siempre y cuando fuese a utilizar un vehículo como medio de locomoción para realizar el viaje y ninguno de los acompañantes pudiera sustituirlo en la conducción del mismo.
16. Por concesión de una beca oficial para estudios o trabajo superior a 1 mes y concedida con posterioridad a la reserva del viaje.
17. Por declaración de la renta paralela efectuada por el Ministerio de Hacienda por una cuota a liquidar superior a 600 €.
18. Por accidente grave del animal de compañía (gato y perro) propiedad del asegurado que requiera ingreso hospitalario. El animal debe estar inscrito en el archivo de identificación de animales de compañía.
19. Anulación de un acompañante inscrito al mismo tiempo y asegurado para este mismo riesgo, por alguna de las causas enumeradas anteriormente, y que debido a ello el socio cubierto por las prestaciones tenga que viajar solo.
20. Robo de documentación o equipaje que imposibilite iniciar o proseguir el viaje.
21. No concesión de visados por causas justificadas. Queda expresamente excluida la no concesión de visados, siempre que el asegurado no haya realizado las gestiones pertinentes dentro del plazo y forma para su concesión.
22. La obtención de un viaje y/o estancia similar a la contratada, de forma gratuita, en un sorteo público y ante notario. Se entiende por viaje similar aquél que tiene el mismo número de días o similar, o de importe superior al viaje contratado.
23. Debido a la cancelación del evento o concierto objeto del viaje por causas ajenas al asegurado, siempre que la anulación del viaje o reserva se produzca con un máximo de 72 horas desde la cancelación del evento, a fin y efecto de minimizar los gastos de cancelación que pudieran derivarse. Los motivos amparados en este epígrafe serían las causas meteorológicas, los actos de terrorismo y/o la declaración de zona catastrófica en el lugar de destino que provoque la anulación del evento.
24. Robo o accidente en el vehículo propiedad del asegurado que impida el inicio o la continuación del viaje asegurado y que conlleve la inmovilización del vehículo e impida el inicio o continuación del viaje, siempre que el mismo fuese organizado para realizarse únicamente en coche.
25. Gastos en los que pueda incurrir el asegurado para realizar el cambio de titular de la reserva, en aquellos casos en los que el asegurado realice una cesión del viaje a favor de otra persona motivada por alguna de las causas previstas en esta garantía. El límite de estos gastos no debe superar el importe de la indemnización a la que tuviera derecho en el caso de anular el viaje.
26. Perjuicios graves no conocidos en el momento de la suscripción del contrato, debido a un robo, incendio o inundación que afecten a:
-La residencia principal del asegurado.
-El local profesional, siempre que sea el asegurado explotador directo o si ejerce en el mismo una profesión liberal.
27. Entrega de un niño en adopción que impida el inicio del viaje o que coincida con las fechas previstas del mismo. La notificación de la entrega de la adopción debe haberse producido con posterioridad a la suscripción del producto.
28. Accidente grave del vehículo particular en las 24 horas anteriores al inicio del viaje, siempre y cuando fuese a utilizarse como medio de locomoción para realizar el viaje y la reparación comporte más de 8 horas de mano de obra y al menos 3 días de inmovilización.