Mitos de la declaración de la renta

La declaración de la renta es ese proceso anual que genera inquietud y confusión en muchos contribuyentes, debido, en parte, a la proliferación de mitos y conceptos erróneos sobre este trámite fiscal: desde ideas preconcebidas sobre quién debe presentar la declaración hasta suposiciones sobre las consecuencias de cometer errores en el proceso. Vamos a intentar arrojar luz sobre algunas de estas ideas equivocadas para poder abordar la declaración con confianza y precisión.

1. El borrador, ¿es todo verídico?

El borrador es un documento generado por la Agencia Tributaria que contiene información fiscal sobre el contribuyente. Pero esta información se recopila a partir de datos proporcionados por terceros, por lo que es importante revisarlo cuidadosamente para verificar su precisión y realizar cualquier corrección antes de presentar la declaración definitiva. El objetivo del borrador es simplificar el proceso de declaración de impuestos, pero no todo lo que se incluye en el borrador es correcto.

Otro de los errores es creer que solicitar el borrador obliga a presentar la declaración. Y no es así. Lo normal es echar un vistazo al borrador para comprobar que los datos sean correctos y ver si, con todo, el resultado es a devolver o a pagar. 

2. No hay que hacer la declaración si…

  • Eres menor de edad: no siempre ser menor de edad significa estar exento de presentar la declaración. Si un menor tiene rendimientos del trabajo o por la venta de un inmueble, también debe hacer la renta.
  • No se alcanza el salario mínimo interprofesional (SMI): no es del todo cierto. Si no se supera el SMI, pero se han obtenido rentas por un alquiler y, en conjunto, se superan los 1.000 €, es obligatorio rendir cuentas ante el fisco.
  • Estás en paro: dependerá de si durante el ejercicio fiscal ha habido dos pagadores (por ejemplo: el paro y otro pagador). En este caso, sí se debe presentar la declaración inevitablemente. 
  • Formas parte del colectivo que no está obligado: recomendamos revisar los datos, ya que hay personas que, aunque no estén obligadas a presentar la declaración, deben hacerla si los números son beneficiosos para ellas.

3. Hay que hacer la declaración sí o sí, cuando…

  • Se han recibido ayudas, prestaciones o subvenciones: este punto tiene matices, ya que hay prestaciones y subvenciones que están exentas y por ende no tienen impacto fiscal.
  • Se ha presentado un año: totalmente falso. La autoliquidación del IRPF va por ejercicios y esto hace que cada año sea independiente del resto. 

4. Seguro que sale a pagar si…

  • Hay dos o más pagadores: no es una ciencia exacta, pero si las retenciones se han realizado correctamente durante todo el año y el porcentaje aplicado ha sido el correcto, no se deberá nada al fisco. 
  • Se ha recibido un premio o se recibe una herencia: otro de los mitos. Hay premios que pueden quedar exentos. Respecto a las herencias, lo que tributa es el rendimiento que generen los bienes de la herencia. Eso no significa que el resultado sea a pagar. 
  • Hay más ganancias: como sucede en el caso de dos o más pagadores, si la retención ha sido correcta, no debe salir a pagar.

5. Seguro que sale a devolver si…

  • Se tienen hijos: en este caso dependerá de si dependen económicamente de ti y de si las retenciones se han aplicado correctamente. 
  • Se tiene una retención muy alta en la nómina: no es 100% así. Una vez más, depende de las retribuciones anuales y de las circunstancias personales.

6. El falso mito de presentar la declaración cuanto antes para cobrar pronto

El ente público se marca un plazo de hasta 6 meses desde el término del plazo de la presentación para ir devolviendo las cantidades a los contribuyentes. Así que no existe una vinculación entre presentar antes la declaración y recibir el ingreso pronto.

7. ¿Te puedes desgravar la compra de una casa o de material para trabajar?

En lo referente al material de trabajo, se establece que serán deducibles los gastos necesarios para el desarrollo de la actividad, pero no lo incluye todo, sino que hay matices. Por eso es importante recibir información antes de presentar la declaración.

Respecto a la compra de una casa, hasta 2013 sí se podía deducir por vivienda habitual, pero actualmente no es posible. Además, cabe señalar que pagar una parte en “B” no solo no es recomendable sino que es una acción fraudulenta. 

8. Soy pareja de hecho, ¿tengo beneficios fiscales?

No, las parejas de hecho no tienen impacto alguno en el IRPF.

9. ¿Qué pasa con los bízums?

Si se efectúan en el ámbito de una actividad económica, se deben declarar igual que si se pagase en mano, a través de TPV o mediante una transferencia bancaria.

10. Las temidas investigaciones

Cualquier renta, tanto positiva como negativa, puede ser comprobada. Por lo tanto, es falso que si la declaración sale a pagar se está exento de que Hacienda realice una investigación.

También pueden ser susceptibles de investigación las facturas emitidas y recibidas. Todas deben ser claras y estar perfectamente numeradas, evitando así una investigación.

Otra de las situaciones que podemos vivir es que la Agencia Tributaria nos mande una paralela. Esto significa que se está comprobando una autoliquidación, y esta verificación la puede realizar en cualquier ejercicio. Así pues, no porque se haya recibido una vez va a ser recibida en años posteriores, dependerá del fisco.