Tipos de vehículos de movilidad personal (VMP)

Seguro que en la actualidad hemos escuchado o leído recurrentemente sobre los vehículos de movilidad personal o los VMP. Pero, ¿Qué son?

Según la definición dada por la Dirección General de Tráfico, un VMP es “un vehículo con una o más ruedas, de una sola plaza y propulsado únicamente por motores eléctricos a una velocidad comprendida entre los 6 y los 25 km/h” (los de menos de 6 km/h son considerados juguetes). Esto es, todos los nuevos sistemas de desplazamiento que han surgido en los últimos años, como pueden ser patinetes eléctricos, segways, monociclos, hoverboards o scooters, a excepción de los “vehículos sin sistema de auto-equilibrio y con sillín, concebidos para competición, vehículos para personas con movilidad reducida o los incluidos en el ámbito del Reglamento (UE) N2 168/2013 (patinetes con asiento, ciclo de motor, ciclomotores de dos ruedas), los cuales requieren de autorización administrativa para conducir, circular y tener una póliza de seguro, además del uso del casco”.

 

¿Qué tipos existen?

Como ya hemos señalado, hay diferentes tipos de movilidad personal. Los principales son:

  1. Patinetes eléctricos: Son los de mayor proliferación en los últimos años. No deben superar los 25 km/h, y como se especifica, no puede ser usado por más de una persona.
  2. Segway: es un vehículo de transporte giroscópico formado por una plataforma con dos ruedas y un manillar, conducido por balanceo. Tampoco deben superar los 25 km/h y suelen ser usados en zonas turísticas, dado su elevado precio y tamaño.
  3. Hoverboard: Es una tabla con dos ruedas autoequilibrada. Consta de una plataforma con ruedas en ambos extremos y un mecanismo de equilibrio giroscópico interno, conducido únicamente con los pies.
  4. Uniciclo o Monociclo: Es una rueda con plataformas laterales donde se colocan los pies. Consigue el equilibrio gracias a sensores, giroscopios y acelerómetros, propulsado por un motor eléctrico.
  5. Scooters eléctricos: tienen las mismas condiciones que un patinete y son de estructura similar, pero de mayor amplitud.

Con el cambio de clasificación de los VMP, pasando a definirlos como vehículos y con la consiguiente prohibición de circular por aceras o zonas peatonales  estos vehículos están sujetos a una normativa, por lo cual pueden ser sancionados en caso de no cumplirla. La edad mínima para conducirlos es de 16 años.

El cambio de normativa, aplicada desde el 2 de enero de 2021 con la aplicación del Real Decreto 970/2020, establece una normativa de cumplimiento general, dejando algunos supuestos más restrictivos para la normativa municipal, donde se detallarán aspectos como el uso del casco, la necesidad de seguros, etc. En el caso de no existir ordenanza municipal regirá dicha normativa estatal.

Normativa

  • Las personas conductoras de los vehículos de movilidad personal deben circular con diligencia y precaución para evitar daños propios o ajenos.
  • No pueden ponerse en peligro ni poner en peligro al resto de personas usuarias de la vía.
  • Se deben respetar las normas de circulación: la señalización vial, los semáforos y los pasos de peatones. Deben llevar elementos reflectores, luces y timbres, para una mejor visibilidad en la vía pública, sin superar en ningún caso los 25 km/h.

¿Por dónde deben circular?

  • Carriles bici en la acera, a un máximo de 10 km/h.
  • Carriles bici en la calzada, a un máximo de 25 km/h, con la obligación de reducir la velocidad en los pasos de peatones.
  • Calles de plataforma única en las que se permite el acceso y la circulación de vehículos.
  • Calzada de las calles 30, a un máximo de 25 km/h.
  • Parques, a un máximo de 10 km/h y respetando la prioridad de los peatones.

¿Por dónde no pueden?

  • Por aceras u otras zonas peatonales, como plataformas únicas donde la circulación de vehículos está prohibida.
  • Por calzadas de la red básica de la ciudad.
  • Por travesías, túneles urbanos, vías interurbanas, autopistas o autovías que pasan por dentro de la ciudad.

Sanciones

  • Hasta 100 euros por las infracciones de carácter leve
  • Hasta 200 euros por las de carácter grave
  • Hasta 500 euros por las de carácter muy grave

Recuerda que en el RACC disponemos de diversas modalidades de seguro (scoot y urban) para circular con tranquilidad con cualquier VMP.