¿Problemas en el aeropuerto? Necesitas saber esto

Llevas todo el invierno planeando a dónde ir de vacaciones. Pero a la hora de embarcar hay unos inconvenientes que hacen que tu viaje se retrase o, en el peor de los casos, se anule. El nerviosismo se apodera de ti. No sabes qué hacer ni a quién pedir ayuda. Nadie te informa de cuándo vas a poder salir, ni tampoco sabes si, a raíz de este incidente, puedes reclamar una indemnización.

Calma. En este post detallamos algunos de los supuestos más comunes a los que los viajeros se enfrentan cuando el viaje no sale como se planeaba. 

Lo primero que habría que hacer es comprobar si el vuelo afectado está dentro del Reglamento (CE) n.º 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, del 11 de febrero de 2004, y del Convenio de Montreal, del 28 de mayo de 1999. En caso afirmativo, tenemos derecho a una indemnización. 

Para ello, es recomendable tratar de recopilar y conservar toda la documentación que se tenga del vuelo en cuestión (documentación de la reserva, tarjeta de embarque, algún documento que sirva como prueba del retraso…) y, siempre que se pueda, hay que pedir y cumplimentar en el aeropuerto el Parte de Irregularidad (PIR).

Caso 1: el vuelo sale con retraso

¿Quién no ha vivido una situación así? Es cierto que la mayoría de las veces se tratan de retrasos cortos y casi no influyen en la hora de llegada al destino. Otras veces, la situación es más extrema. Aquí deberemos atender a:

  • Estoy sufriendo un retraso de 2 horas o más en vuelos de hasta 1.500 km.
  • Mi vuelo intercomunitario de más de 1.500 kilómetros o el resto de entre 1.500 y 3.500 kilómetros sufre una demora de 3 horas.
  • En el resto de los vuelos, el avión va a salir con 4 horas o más de retraso.

Para todos estos supuestos, deben ofrecer gratuitamente comida y bebida durante las horas de espera, además de proporcionar un alojamiento en un hotel, si es necesario, y permitir dos llamadas telefónicas, envío de dos correos electrónicos, télex o mensaje de fax.

Si el vuelo está dentro de la normativa europea, también hay una indemnización económica para cada uno de los supuestos detallados anteriormente:

  • 250 €, si estoy sufriendo un retraso de 2 horas o más en vuelos de hasta 1.500 km.
  • 400 €, si el vuelo intercomunitario de más de 1.500 kilómetros o el resto de entre 1.500 y 3.500 kilómetros sufre una demora de 3 horas.
  • 600 €, para el resto de los vuelos que partan con una demora de 4 horas o más.

Caso 2: el vuelo se ha cancelado 

La cosa empeora cuando, en lugar de sufrir un retraso, lo que sucede es que el vuelo que se ha reservado jamás despega.

Si un vuelo se cancela, en los siguientes siete días se deberá recibir un reembolso del coste íntegro del billete, con el precio de compra en el momento de efectuar la transacción. En caso de que el vuelo suspendido sea solo una parte de nuestro trayecto, también hay derecho a recibir el reembolso, y, además, recibir un asiento en un vuelo que nos regrese al punto de partida.

Otro de los escenarios que puede aparecer cuando el vuelo se ha cancelado es que el viajero llegue hasta el destino en un transporte alternativo, o que, si no es posible dentro de la misma fecha del viaje, este transporte se efectúe en los siguientes días.

Caso 3: denegación en el embarque

Otra de las situaciones que se puede dar es que haya overbooking. Esto se trata de una práctica de venta legal en la que la compañía aérea, para asegurarse de que el vuelo vaya completo, vende más billetes que las plazas que tiene. Como consecuencia, no todos los viajeros con reserva pueden viajar en ese vuelo. 

¿Cómo se solventa este problema? La compañía pedirá voluntarios para no viajar en ese momento. Las personas que den este paso serán compensados con una serie de beneficios, tras llegar a un acuerdo entre ambos (cliente y transportista).

Pero si no hay voluntarios, la compañía decidirá y los damnificados tendrán derecho a una indemnización.

Caso 4: problemas con el equipaje

Cuando el incidente no tiene que ver con el tiempo o cancelación del vuelo, sino con la pérdida o retraso del equipaje, no es tan fácil determinar cómo y qué se puede pedir, ya que hay infinidad de factores que hacen que podamos pedir indemnización o no. Por ello, el RACC ofrece un estudio y asesoramiento personalizado en el que se determina si se puede pedir indemnización. En caso afirmativo, se redacta una reclamación para que nuestro cliente solo tenga que presentar el escrito.

No obstante, adelantamos que si el viajero que ha sufrido una pérdida del equipaje tiene una declaración del valor de este y ha pagado una cantidad complementaria por ello (este trámite se tiene que hacer a la hora de facturar, por lo tanto, en el aeropuerto de origen), el damnificado recibirá una cantidad igual al valor del equipaje perdido.

Otros casos

Hasta ahora, se ha hecho un recorrido por los casos más comunes que se pueden vivir en un aeropuerto. Pero también queremos hacer hincapié en qué pasa si el ferry que hemos reservado se retrasa. Siempre que la demora sea de entre 8 y 24 horas con respecto a la previsión de llegada, el viajero tiene derecho a recibir una indemnización mínima del 25% del coste de la reserva.

Si eres socio del RACC, puedes consultar a nuestro equipo de asesoría jurídica. Para más detalles, consulta tus dudas en el 900 242 242.

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