Los patinetes, ahora más seguros

Por: RACC Blog

La Dirección General de Tráfico (DGT) acaba de reformar la Ley de Tráfico para dejar claras las condiciones en que pueden circular los VMP (Vehículos de Movilidad Personal). Una normativa que ya es vigente desde el pasado 2 de enero y que ha tenido en cuenta la ordenanza de circulación que la ciudad de Barcelona estableció de manera pionera para regular los VMP en el 2017.

Normativa de los VMP

  • Son considerados vehículos a todos los efectos, por lo tanto están obligados a cumplir las normas de circulación y pueden ser sometidos a control de alcoholemia o drogas.
  • La velocidad de circulación es de entre 6 y 25 km/h, en función de la infraestructura.
  • La edad mínima para conducirlos es de 16 años.
  • Son vehículos para una única persona, lo cual los invalida para llevar a los niños y niñas al colegio.
  • Hay que disponer de un certificado de circulación para acreditar que cumplen con los requisitos técnicos.

Tienen prohibido circular por…

  • Aceras y zonas de peatones.
  • Vías interurbanas, traveseras, autopistas, autovías y túneles urbanos.

Pueden circular por…

  • Calles de plataforma única (siempre que no se prohíba la circulación de vehículos).
  • Calzada de las Calles 30 (a un máximo de 25 km/h).
  • Carriles bici en la acera (a un máximo de 10 km/h).
  • Carriles bici en la calzada (a un máximo de 25 km/h), con la obligación de reducir la velocidad en los pasos de peatones.
  • Parques, a un máximo de 10 km/h y respetando la prioridad de los peatones.

Sanciones:

  • En Barcelona, el importe de las sanciones oscila entre 100€ por una falta leve y 500€ por una grave.
  • En el 2020, pese a los meses de confinamiento, las multas aumentaron en Barcelona un 29% y llegaron a las 8.492 denuncias a particulares.
  • Mayoritariamente corresponden a conductas de riesgo y a la circulación por lugares en los que está prohibido, básicamente las aceras.

Accidentes:

  • Los patinetes se han visto implicados en 504 accidentes en Barcelona, en el 2020.

¿Llevar casco y tener un seguro debe ser obligatorio?

La nueva normativa de la DGT deja en manos de los ayuntamientos decidir si usar casco y contratar un seguro se convertirá en obligatorio para circular con VMP. El Ayuntamiento de Barcelona ha comunicado que trasladará esta consulta a las entidades que forman parte del Pacto por la Movilidad, un espacio de participación formado por asociaciones, administraciones y entidades de la ciudad que velan por un modelo de movilidad sostenible y segura en Barcelona.

El RACC forma parte de dicho Pacto desde su creación en 1998 y hace tiempo que recomienda el uso del casco y de un seguro de responsabilidad civil cuando se circula en patinete, por un tema de seguridad. Las medidas se podrían convertir en obligatorias dentro de un año si reciben el aval de las entidades que conforman el Pacto por la Movilidad. No se prevé, de entrada, que la obligación de circular con casco afecte a las bicicletas.

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Fuente: Revista RACC