Novedades en la normativa de los patinetes

El mundo de la movilidad experimentó un cambio con la irrupción y auge de los vehículos de movilidad personal (VMP). Desde entonces, cambiaron sustancialmente los hábitos de transporte, y en muchas ciudades también supuso una transformación en términos de urbanismo.  Todo enfocado para promover un cambio hacia un transporte más eficiente, sostenible y adaptado a las necesidades del día a día.

Sin embargo, a medida que estos medios de transporte han ganado popularidad, la seguridad se ha convertido en un factor crucial para garantizar un viaje protegido y sin contratiempos.

El ajuste y evolución de las normativas en torno a los vehículos de movilidad personal (VMP) se erigen para promover un entorno vial más seguro y protegido. Estos cambios tienen como objetivo principal fortalecer la seguridad tanto de los usuarios como de los transeúntes en nuestras ciudades, garantizando un desplazamiento más confiable y protegido.

Cambios a partir de 2027

2027 es una fecha marcada en rojo. Y es que a partir de entonces los VMP que no cuenten con la homologación correspondiente no podrán circular.

En la actualidad, desde el 2 de enero de 2021, por las calles españolas no puede circular cualquier patinete, sino únicamente aquellos que cumplen con:

  • Una potencia máxima del motor de 500 V.
  • Velocidad máxima de 25 km/h.
  • Peso máximo, incluyendo al usuario y carga, de 100 kg.
  • Eficiente sistema de frenado y timbre, este último solo utilizado para alertar a otros usuarios.
  • Luces delanteras, traseras y laterales, siendo recomendable llevar reflectantes para ser bien vistos.

Con el fin de conseguir que todos los patinetes estén homologados, los VMP que se comercialicen a partir del 22 de enero de 2024 ya contarán con un certificado de serie. Mientras que los propietarios individuales que hayan comprado su VMP anteriormente también podrán conseguir la homologación a través de algunos de los laboratorios autorizados de la DGT, siempre y cuando el modelo se recoja en el listado de la DGT. Así que, si estás pensando en hacerte con un patinete y quieres poder utilizarlo más allá de 2027, es recomendable que primero consultes si está incluido.

Así pues, a partir del 22 de enero de 2027 todos los patinetes que circulen estarán homologados y así deberá quedar reflejado en la placa que se deberá llevar en el VMP.

Carnet obligatorio, ¿sí o no?

Para poder llevar un patinete no se necesita ningún carnet especial. Pero lo que sí es un requisito imprescindible es cumplir con las normas básicas de circulación, ya que solo así se garantiza la seguridad, tanto propia como ajena.

Estas normas pasan por respetar las señales, semáforos, circular por el carril bici o calzada (nunca por la acera, autopistas ni autovías) y, sobre todo, evitar situaciones de riesgo.

En este punto, es importante resaltar que tampoco es necesario un seguro obligatorio, aunque sí que es recomendable tener un seguro de responsabilidad civil que ampare al usuario de VMP si se produce un accidente.

Multas al conductor

La inexistencia de un carnet no exime al conductor irresponsable a poder ser sancionado, si existen comportamientos que pongan en entredicho la seguridad vial.

Así pues, los gestos y sus correspondientes sanciones son las siguientes:

  • Sanción de 100 €, si circulan más de una persona en el patinete.
  • Sanción de 200 €, si se circula por zonas peatonales, autopistas y autovías.
  • Sanción de 200 €, por usar auriculares o el teléfono móvil.
  • Sanción de 200 €, si se circula sin luces.
  • Sanción de 200 €, si se supera la velocidad máxima permitida (25 km/h).
  • Sanción de 500 €, si se modifica o altera la configuración original de fábrica del VMP.
  • Sanción de entre 500 € y 1.000 €, si se supera los niveles permitidos de la tasa de alcoholemia.
  • Sanción de 1.000 €, si se conduce bajo los efectos de estupefacientes.

Tipos de VMP

Según la DGT, los VMP se dividen en dos categorías: los de uso personal y los destinados al transporte de mercancías u otros servicios.

La principal diferencia radica en que los utilizados para el transporte tienen, como mínimo, tres ruedas, dos de las cuales deben estar en el eje de la carga. También es obligatorio que lleven intermitentes delanteros y traseros, retrovisores, dos frenos más uno de estacionamiento y, además, el compartimento de carga debe estar perfectamente anclado, sin que se produzca ningún movimiento.

En cuanto a las características técnicas, son las siguientes:

VMP personal

VMP de transporte de mercancías u
otros servicios

Altura máxima: 1.400 mm

Anchura máxima: 750 mm

Velocidad: entre 6 y 25 km/h

Longitud máxima: 2.000 mm

Masa en orden de marcha máxima:50 kg

Potencia nominal: menor o igual a 1.000 W sin autoequilibrio y  menor o igual a 2.500 W con autoequilibrio

Altura máxima: 1.800 mm

Anchura máxima: 1.000 mm

Velocidad: entre 6 y 25 km/h

Longitud máxima: 2.000 mm

Masa máxima técnicamente admisible: menor a 400 kg

Potencia nominal: menor o igual a 1.500 W