Nueva ordenanza para los patinetes y VMP en Barcelona

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Nueva normativa patinetes eléctricos en Barcelona.

Las bicicletas, los patinetes y otros vehículos de movilidad personal no podrán circular por las aceras de Barcelona. Así lo ha transmitido el Ayuntamiento de la ciudad en una nueva ordenanza municipal. En este documento también se incluyen nuevas regulaciones para los VMP y sanciones y restricciones para los motoristas.

Todo está pensado para que las aceras sean espacios más seguros para los viandantes. La nueva ordenanza entrará en vigor el 1 de enero pero no se sancionará hasta febrero. Un equipo de informadores explicará los cambios a los usuarios a partir del 23 de diciembre.

A continuación, vamos a detallar en qué consisten estas nuevas reglamentaciones.

¿Qué son los Vehículos de Movilidad Personal o VMP?

Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) son una categoría de transporte que incluye dispositivos como patinetes eléctricos, monociclos eléctricos y hoverboards. Estos vehículos suelen ser de una o dos ruedas y están diseñados para el uso personal en áreas urbanas, proporcionando una alternativa ecológica y eficiente a los medios de transporte tradicionales.

Las bicicletas, en general, no se consideran VMP. Los VMP incluyen patinetes eléctricos, monociclos eléctricos y otros dispositivos similares que funcionan principalmente con motor eléctrico y están destinados para el uso personal.

Las bicicletas eléctricas, a menudo llamadas “e-bikes,” pueden estar en una categoría intermedia. Si bien algunas leyes las consideran VMP debido a su motor eléctrico, suelen tener regulaciones específicas propias debido a sus características y usos. Por otro lado, las bicicletas convencionales, que funcionan únicamente con pedales, no entran en la categoría de VMP.

¿Cómo afecta la nueva normativa de Barcelona a los VMP?

En lo que respecta a las nuevas obligaciones que tendrán los usuarios de VMP, destacan:

  • Los patinetes pasan a denominarse vehículos unipersonales y, como tal, solo está permitido que circule una persona sobre ellos.
  • Será obligatorio llevar el casco para circular en patinete.
  • Todos los VMP deberán llevar una luz blanca delantera y una luz roja trasera.

La normativa actual recoge que los menores de 16 años tienen prohibido el manejo de patinetes eléctricos y que, independientemente de la edad del conductor, los VMP no pueden exceder los 25 km/h, un límite que disminuye hasta los 10 km/h en los carriles bici que se encuentran en las aceras. Asimismo, se aconseja su circulación por carriles bici o por calles con límite de 30 km/h.

Con la aplicación de la nueva normativa, todos los VMP, así como las bicicletas, tendrán prohibida su circulación por las aceras. No obstante, hay dos excepciones a esta norma:

  • Los menores de 12 años que circulen en bicicleta, y los adultos que los acompañen, podrán ir por la vía peatonal.
  • Los adultos que lleven a menores en sillitas o remolques homologados también tendrán permitida la circulación por las aceras.

¿Cómo afecta la nueva normativa a las motos?

Con el fin de preservar las aceras como espacios peatonales, las motos no podrán estacionar delante de los espacios escolares o centros hospitalarios. Y aquellos que estacionen en vados de peatones, carriles bici o delante de contenedores serán sancionados.

Por último, cabe destacar que ningún vehículo podrá realizar las tareas de carga y descarga utilizando el carril bici